DECRETO N° 180/26
APRUEBA CONVENIO PARA LA "PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN, TURISMO SUSTENTABLE Y DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS SUSTENTABLES", CELEBRADA CON EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES.

Publicado en el Boletín N° 22163, el día 09 de Abril de 2026.



SALTA, 6 de Abril de 2026

DECRETO Nº 180

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

Expediente Nº 0030041-56422/2026-0

VISTO el Convenio para la “Promoción de la Producción, Turismo Sustentable y Desarrollo de las Industrias Sustentables" celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el Consejo Federal de Inversiones (CFI); y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del citado acuerdo, las partes se comprometen a llevar adelante acciones de apoyo, estímulo y fortalecimiento para la promoción de la producción en todos sus aspectos, del turismo sustentable y el desarrollo de las industrias creativas y culturales, con especial énfasis en la participación e involucramiento de los municipios y comunidades locales a fin de avanzar en el camino de su diversificación productiva la generación de empleo genuino, el aumento de la productividad y competitividad hacia la construcción de sociedades más inclusiva y con mayor calidad de vida;

Que para su implementación, “la Provincia” aportará los recursos humanos y materiales de los que disponga, mientras que el “CFI” aportará hasta un total de $700.000.000,00 (Pesos Setecientos Millones con 00/100);

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto por la Ley Nº 8511,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio para la “Promoción de la Producción, Turismo Sustentable y Desarrollo de las Industrias Sustentables", celebrada entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representada por el suscripto, y el Consejo Federal de Inversiones (CFI), representado por su Secretario General, Licenciado Ignacio Lamothe, cuyo texto forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Jarsún - López Morillo







VER ANEXO


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