RESOLUCIONES



SALTA, 26 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN N° 447

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 386 - 10.084/22 - Cpde. 44.



VISTO el Convenio de Rescisión de Obra Pública celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas y la contratista IMECA S.R.L., correspondiente a la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN VILLA MÓNICA - ETAPA 3 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. N° 329/22 (fs. 46/47), se adjudica la obra y se aprueba la suscripción del Contrato de Obra Pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la contratista IMECA S.R.L., para la ejecución de la mencionada obra, por la suma de $ 76.086.646,52 (pesos setenta y seis millones ochenta y seis mil seiscientos cuarenta y seis con 52/100) IVA incluido a valores correspondientes al mes Marzo de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072;

Que tal como surge del informe efectuado por la Inspección de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P. y la Nota presentada por la contratista IMECA S.R.L., atento a la grave situación económica por la que atraviesa el país generando la ruptura de la ecuación económica financiera del contrato, sumado a la falta de pago de las redeterminaciones de precios y al incremento superior al 110 % en los materiales y la mano de obra, como los ítems de mayor importancia, es que se solicita la rescisión de común acuerdo del Contrato existente;

Que tal como lo establece el artículo 55 inciso c) de la Ley N° 8.072, los contratos podrán extinguirse en el supuesto de acuerdo de la misma;

Que asimismo, el articulo 76 inc. c) de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, establece que la rescisión contractual por mutuo acuerdo deberá fundarse en motivos graves y sobrevinientes a la adjudicación, y que deberán acordarse los efectos patrimoniales y no patrimoniales derivados de la misma;

Que conforme a la Planilla del Sistema SISOP y al informe del Sistema Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura (fs. 38/42), la ejecución de la obra tuvo su inicio en fecha 01/09/22, registrándose un avance físico del 94,06 %;

Que en igual sentido, el articulo, el artículo 15.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P. N° 216/19 establece que ambas partes podrán acordar la rescisión del contrato cuando razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados imposibiliten su cumplimiento o como consecuencia de motivos sobrevienta a la adjudicación;

Que a fs. 35/36 y vta., la entonces Dirección de Infraestructura, Social y Productiva y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad a la rescisión del Contrato de referencia;

Que a fs. 41/42, rola informe emitido por el Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.) del Ministerio de Infraestructura, relacionado al estado financiero de la obra;

Que a fs. 43/44, mediante Dictamen N° 154/24 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de rescisión correspondiente;

Que a fs. 45, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe N° 53/24;

Por ello, con encuadre legal en los artículos 55 inciso c) de la Ley N° 8.072, 76 inciso c) de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18 y 15.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P. N° 216/19,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio de Rescisión de Obra Pública celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas y la contratista IMECA S.R.L., para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN VILLA MÓNICA - ETAPA 3 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, el que como Anexo forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente resolución al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura para su conocimiento.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


R. S/C N° 100012972
Orden de Publicación: 100113553
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 03/05/2024

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